Lo dio a conocer la agencia de noticias TELAM, las medidas dispuestas por la Justicia comercial se dictaron en el marco de expedientes iniciados a partir de presentaciones realizadas hace una semana por la Inspección General de Justicia (IGJ), según surge de los dos fallos.
El juez dispuso que la inhibición general de bienes de Cositorto y de su socio Maximiliano Batista, en principio, por el período de dos años, medida que ordenó inscribir de inmediato en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y en los Registros de la Propiedad Inmueble de esta ciudad y de la Provincia de Buenos Aires.
El juez también tuvo en cuenta que la Comisión Nacional de Valores (CNV) había intimado en octubre pasado a Generación Zoe S.A. al cese de actividades de captación de ahorro público y asesoramiento en materia de mercado de capitales, toda vez que la firma no tenía autorización para ello.
“Los entes que captan del público una significativa masa de fondos se encuentran, en general y sobre todo en los países desarrollados, sujetos a la autorización y fiscalización estatal, como un medio de tutelar los intereses de los ahorristas y permitir el desenvolvimiento ordenado de una actividad, la del ahorro, en la que se encuentra fuertemente comprometido el interés ciudadano”, remarcó el majistrado.
“Finalmente, tampoco escapa a mi conocimiento el hecho de que, conforme a lo informado por la IGJ, los únicos socios de Generación Zoe serían el director titular Leonardo Cositorto y el suplente Maximiliano Batista, quienes, según trascendió públicamente, estarían en el exterior y respecto de quienes se habrían emitido ordenes de captura internacional en el marco de causas criminales en curso”, concluyó.