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JUSTICIA CORDOBESA CONDENA A EMPRESA DE MEDICINA PREPAGA POR NEGAR ATENCIÓN URGENTE
Un reciente fallo del Juzgado en lo Civil y Comercial de 43° Nominación de la ciudad de Córdoba condenó a una empresa de medicina prepaga a reembolsar los gastos de una cirugía y pagar una indemnización a un paciente que sufrió un accidente de tránsito y fue negado atención urgente.
El paciente había solicitado autorización de cobertura para una cirugía de urgencia después de sufrir fracturas en ambos miembros superiores, pero la empresa se negó a cumplir con sus obligaciones contractuales.
A pesar de que el servicio estaba incluido en la cobertura y el sanatorio elegido por el afiliado estaba autorizado por la prepaga.
La jueza Mariana Liksenberg consideró que la negativa de la empresa causó daño moral y punitivo al paciente, y que la prestadora mantuvo versiones contradictorias durante el juicio. La magistrada enfatizó que quienes contratan con empresas de medicina privada esperan una respuesta rápida y expedita ante situaciones de urgencia.
La sentencia estableció que la empresa comprometió los derechos del paciente como consumidor y su derecho a la salud y dignidad personal. La jueza Liksenberg destacó que la negativa de la empresa generó una situación de pánico y malestar en el paciente, quien se vio obligado a pagar los costos de la atención médica de manera particular.
Este fallo judicial busca proteger los derechos de los pacientes y garantizar que las empresas de medicina prepaga cumplan con sus obligaciones contractuales.