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EL GOBIERNO PRESENTÓ SU NUEVA Y CUARTA PROPUESTA SALARIAL A LOS DOCENTES

La nueva oferta no estaría atada a la recaudación y aseguraría el pago de aumentos salariales todos los meses. Va a ser evaluada por las bases, a través del mecanismo de consulta y resolución previstos por el gremio.

Tras la segunda audiencia de conciliación obligatoria realizada este martes, en el marco de lo dispuesto por la Secretaría de Trabajo, el gobierno provincial le presentó a la Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba (UEPC) una cuarta propuesta salarial, que será evaluado por las bases a través del mecanismo de consulta y resolución previstos por el gremio.

Reveló la UEPC que la nueva oferta contemplaría el período 1° de febrero de 2026 – 31 de enero de 2027, no estaría atada a la recaudación, garantizaría un aumento anual mínimo garantizado del 40% y aseguraría el pago de aumentos salariales todos los meses.

La propuesta contempla el no descuento de la jornada de paro del 19 de marzo y la discusión de los descuentos realizados.

Cronograma de asambleas
Miércoles 15/4: Asambleas informativas por departamento.
Jueves 16/4: Asambleas informativas y resolutivas de una hora por turno en las escuelas.
Viernes 17/4: Asamblea resolutiva de delegadas y delegados escolares por departamento.
Lunes 20/04: Asamblea Provincial resolutiva de delegadas y delegados departamentales.

Detalle de la propuesta
4° PROPUESTA SALARIAL DOCENTE 14/04/26
1) PLAZO:
1° de febrero de 2026 al 31 de enero de 2027.
2) PROPUESTA SALARIAL ANUAL NO ATADA A RECAUDACIÓN.
3) AUMENTO ANUAL MÍNIMO GARANTIZADO del 40%.
4) TODOS LOS MESES SE PAGARÁN AUMENTOS SALARIALES.
5) COMPOSICIÓN:
a. AUMENTO A LA MAESTRA DE GRADO EN ABRIL: $224.500.- = 23,3%
b. AUMENTO A LAS 30 hs CÁTEDRAS EN ABRIL: $248.796.- = 18,8%
c. AUMENTO A LOS CARGOS DIRECTIVOS EN ABRIL: $304.601.- = 15,9%
6) AUMENTO DE ABRIL MÁS RETROACTIVO (febrero/marzo):
a. MAESTRA DE GRADO: $426.300-
b. 30 hs CÁTEDRAS: $541.800.-
i. con destopeo
c. CARGOS DIRECTIVOS: $506.300.–
7) Desde mayo se incorporan aumentos mensuales remunerativos, bonificables y acumulativos del 2%, y el mismo porcentaje, 2% para los aspectos no remunerativos hasta la revisión de octubre POR LO QUE PROYECTANDO INFLACIÓN Y RECUPERO SE SUPERA EL 40% ANUAL.
8) COMPENSACIÓN FONID:
Se garantiza su pago por toda la paritaria, actualizándose en un 92%.
9) ELIMINACIÓN DEL TOPE DEL COMPLEMENTO REMUNERATIVO:
Desde marzo se eliminará el tope por Agente de la liquidación del Complemento Remunerativo.
10) CLÁUSULA DE REVISIÓN:
En octubre se revisará la pauta para asegurar el seguimiento de las variables generales y garantizar IPC.
11) DESCUENTOS DE DÍAS DE PARO:
a. De aprobarse la propuesta no se descontará el paro del 19 de marzo.
b. Se discutirán los descuentos realizados.
12) FOSAET:
Se garantiza la suspensión durante el plazo de la paritaria.
13) ÍTEM PROFESIONALIDAD DOCENTE:
Continuar la suspensión del art. 3 del Ítem Profesionalidad Docente por el plazo de la paritaria.
14) JERARQUIZACIÓN DIRECTIVA:
Se suman $120.000 al concepto actual y se actualiza según la pauta salarial.
15) SUPERVISORES:
a. Se incorporan en abril, además de su salario, $400.000 en concepto de gastos por movilidad y traslado.
16) CLÁUSULA DE IGUAL TRATAMIENTO:
Exigir las garantías de tratamiento igualitario de tal manera que en el caso que se otorguen incrementos adicionales a otros sectores durante el período del presente acuerdo se apliquen en el sector docente.
17) MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES:
a. En mayo se actuliazarán los montos de las prestaciones del régimen de asignaciones familiares de acuerdo a la variación del IPC interanual.
18) JUBILADOS:
a. Febrero $30.000 de aumento – valor FONID $67.722.-
b. Agosto $69.445.-
c. Enero $72.223.-
d. Para el cálculo de la movilidad se aplica pauta salarial remunerativa de los activos.
19) EN RELACIÓN A LA LEY DE EQUIDAD JUBILATORIA 11.087:
a. Se abordará en el marco de la mesa de gremios aportantes a la Caja.
b. Durante el plazo de la paritaria se incrementarán mensualmente los tramos para la determinación de la
alícuota para el cálculo del aporte personal establecido en el art 5.
c. A partir de abril los haberes de los beneficiarios del sector docente cuyos montos brutos al mes de marzo sean de hasta $1.650.000 serán reajustados por movilidad al mes siguiente al de los activos
20) FINALIZADA LA PARITARIA SE HABILITA LA MESA LABORAL PARA TODOS LOS NIVELES, MODALIDADES Y UPC.

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