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El Gobierno elaboró un protocolo sanitario para la reapertura de las salas de cine pero todavía no lo aprobó

Los cines son uno de los rubros más castigados por la Pandemia. Cerraron sus puertas en marzo, con la cuarentena, y no volvieron a abrir. Las aperturas graduales que se fueron dando desde mediados de año no los incluyeron por tratarse de una actividad de riesgo y hoy siguen en la misma situación, aún cuando ya otros espectáculos a puertas cerradas funcionan, como es el caso de los teatros.

Si bien ya hay salas funcionando en provincias como CórdobaChubutEntre RíosJujuyMendoza Santiago del Estero, todavía faltaba que las cadenas consigan autorización en el resto del país.

Ayer, finalmente, se presentó un protocolo general (resultado del trabajo y la articulación de numerosas agrupaciones representativas junto al Ministerio de Cultura de la Nación, a través de la Secretaría de Desarrollo Cultural,  y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo) para la reapertura de las salas de cine en Argentina. Sin embargo, la actividad no está habilitada aún.

Entre las medidas del protocolo nacional, que se redactó en base a los modelos y ejemplos de varios países que ya han abierto sus salas de cine al público, se establece -entre otras cosas- que las salas podrán abrir sus puertas con capacidad al 50%. Además serán higienizadas y sanitizadas antes y después de cada función y el uso de tapabocas será obligatorio.

Desinfección en una sala de cine en Francia (Foto: EFE)Desinfección en una sala de cine en Francia (Foto: EFE)

“Las medidas establecidas en el presente documento se elaboraron a partir de la información disponible en materia de COVID-19, conforme lo establecido por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el Ministerio de Salud de la Nación y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación”, apunta el protocolo que, además, introduce la modalidad de ocupación por “burbujas sociales de recreación”.

Se trata de espacios compartidos de proximidad entre personas que concurren conjuntamente al establecimiento. La “burbuja social de recreación”, que no podrá ser superiores a seis personas, permitirán mantener la distancia entre grupos de personas no vinculadas.

La distancia entre butacas ocupadas deberá ser de 1,5 metros a 2 metros, como mínimo. También deberán estar libres las butacas que se encuentren inmediatamente adelante e inmediatamente detrás de cada butaca ocupada. Este concepto podrá variar según la evolución sanitaria y según lo determine cada autoridad jurisdiccional.

Una pareja en una sala de cine en España (Foto: Europa Pres)Una pareja en una sala de cine en España (Foto: Europa Pres)

En cuanto a los horarios de las funciones, cada complejo o sala deberá establecer un cronograma en función de su programación e instalaciones preexistentes que minimice la congestión de público asistente al ingreso y egreso de las funciones, así como también que contemple lapsos de tiempo suficientes para que el personal pueda llevar a cabo la adecuada limpieza y desinfección entre funciones.

En caso de que no se cuente con la posibilidad de realizar ventilación natural exterior, se deberán realizar renovaciones por medio de inyección y extracción de aire forzada o complementar renovaciones con recirculaciones de aire por medio de sistema de filtrado según las pautas definidas por la autoridad jurisdiccional.

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